- El importe anual de los contratos anuales o civiles con CEE, habrá de ser al menos, 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional anual por cada trabajador discapacitado dejado de contratar por debajo de la cuota del 2% de su plantilla.
- El importe anual para la donación habrá de ser, al menos, de 1,5 veces el SMI anual por cada trabajador discapacitado dejado de contratar por debajo de la cuota del 2% de su plantilla.



